Derechos como consumidor de marihuana

ESTOS SON TUS DERECHOS COMO CONSUMIDOR DE CANNABIS

En Chile, como en otras partes del mundo, existe una legislación ambigua, confusa, arbitraria y a veces injusta sobre el cultivo y consumo de marihuana. La ley que consagra regulaciones específicas a la marihuana es la ley 20. 000, publicada el 2005 y con un reglamento específico el 2008. Nos parece que los derechos como consumidor de marihuana deben ser tomados en serio por las autoridades, por lo que aquí te explicamos algunos de sus detalles para que puedas tener un consumo más consciente e informado.

Y es que la confusión es entendible: la legislación pone en el juez que lleve el caso la decisión de determinar, en parte, cómo y para qué se consume marihuana. Esto significa que las opiniones y creencias que el juez tenga sobre la cannabis afectará las sentencias, y ha pasado que distintos jueces han fallado de forma distinta en situaciones similares. Es por esto que no es totalmente claro para muchos qué puede pasar entre el cultivo personal y consumo privado de marihuana.

¿Qué dice la Ley?

Algo importante que decir acerca de los derechos como consumidor de marihuana es que nos están consagrados de forma necesariamente explícita o específica en la Ley 20 000, pues ella indica qué NO se puede hacer, y lo que no este ahí escrito y mientras no contradiga a otras leyes, se puede hacer. Varios de de estos derechos tienen relación con derecho en aspectos más amplios que solo el cultivo o consumo de marihuana.

El tráfico

La Ley 20 000 fue emitida el 2005 y se refiere al tráfico y consumo de estupefacientes. En ella se condena explícitamente el tráfico y microtráfico de marihuana y derivados de esta. Dependiendo de la cantidad que se trafique las penas van de 541 días a 15 años, y las multas de 10 a 400 UTM (500.000 a 25.000.000 de pesos). Sobre esto parece haber un consenso estable sobre su ilegalidad.

El concepto de tráfico hay que entenderlo, para estos efectos legales, en un sentido amplio. Esto quiere decir que, a menos que se tenga una autorización del ISP, no puedes regalar o vender una planta o los productos que de ella vengan (cogollos y hojas, por ejemplo).

El consumo

Algo diferente es el consumo personal y la tenencia de plantas. Sobre esto la ley no penaliza el “consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo” así como tampoco su uso en tratamientos médicos. Es precisamente por esta redacción que tanto personal judicial como fiscales han podido interpretar tanto “consumo personal” como “próximo en el tiempo” de diferentes maneras, produciendo la detención de personas e incautación de cultivos. Sin embargo, según datos de la Fundación Daya (quienes investiga, promueven e informan sobre terapias alternativas y la presencia de esta en políticas publicas), menos del 1% e los pertenecientes a esta fundación a sido detenido o procesado por estos cargos.

Pero como es sabido, más vale prevenir que lamentar, por lo que aquí te dejamos unos datos sobre como evitar meterse en problemas con la ley (algunos solo aplicables a los casos de contar con una receta médica para el uso de cannabis de forma medicinal):

Precauciones que ayudan
  • Informarse sobre qué es lo que dice la Ley 20 000 para estar preparado con esa información en caso de necesitarla.    Aquí un link a la Ley.
  • En caso que seas un consumidor medicinal, es bueno rotular tus plantas, indicando tu RUT, patología y escribirles “Para tratamiento médico”.
  • Tener en el mismo lugar del cultivo el diagnóstico médico y la receta para el consumo terapéutico de cannabis.
  • Preocuparse de no tener objetos que den indicios de que la marihuana cultivada es usada para su tráfico. Estos objetos pueden ser armas, material vegetal empaquetado o efectivo en grandes cantidades.
  • No exhibir el cultivo innecesariamente pero ser transparente con los vecinos en la medida que sea posible.
  • Para evitar problemas con vecinos con los que no se tenga buena relación es buena idea instalar filtros de olor. Esto sirve también para evitar que te roben las plantas, un hecho no raro en lugar donde se tenga un acceso abierto.
  • En preparaciones medicinales, eliminar los desechos que esto produzcan rápidamente.
Derechos

En caso de que, y los dioses cannábicos no lo quieran, tengas que lidiar con la policía. Estos son derechos como consumidor de marihuana (y como ciudadano) que puedes exigir que se cumplan:

  • La policía no puede entrar a tu domicilio sin una orden de un Juez de Garantía, que puede ser escrita o verbal.
  • Ha pasado que la policía presiona verbalmente para entrar al domicilio o hacer firmar documentos. No estás obligado a nada de eso.
  • Puedes guardar silencio hasta tener un abogado.
  • También es legal y recomendable grabar el procedimiento policial con cualquier dispositivo que tengas.
En caso de ser detenido:
  • Debes ser tratado como inocente hasta que se pruebe lo contrario.
  • Puedes exigir conocer las razones de tu detención en todo momento.
  • Debes poder contar con un abogado defensor.
  • Es tu derecho informar a alguien de tu detención.
  • Puedes no decir nada hasta que esté presente tu abogado.
  • En caso de ser detenido en un recinto policial, el tiempo ahí no podrá durar más de 24 horas.
  • Puedes exigir que el juez evalúe el procedimiento de la detención.
  • Exigir que se investiguen los hechos por los que fuiste acusadx.

Juntos a estos consejos y derechos, debemos tener en cuenta algunos comportamientos que nos alejen de los problemas, principalmente para no pasar malos ratos con la policía para luego ser declarado inocente. Entre los consejos generales recomendamos no mover cantidades sospechosas de marihuana, aléjate del narcotráfico (al autocultivo es lo mejor para esto), no portar efectivo al mismo tiempo que marihuana, ten copias notariadas de tus recetas médicas.

Porque la mejor forma de volarse es volarse relajado, recomendamos seguir estos consejos e informarte sobre actualizaciones en la ley y en los derechos como consumidor de marihuana (en estos periodos de elecciones pueden aparecer propuestas en distintos programas de candidatos presidenciales y para el Congreso).

¡Qué disfruten de una volada informada! Y atentos a los nuevos post de cultura cannábica en el Notorious Blog!

Fuentes:

www.fundaciondaya.cl

https://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/drogas

Comments (1)

    • fumeta420
    • 2021-08-26 13:30:11
    Hasta cuando no dejan cultivar tranquilos.

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